Formular el Plan Estadístico Nacional (PEN) en coordinación con los integrantes del SEN.
Elaborar, en coordinación con las integrantes del SEN, diagnósticos y planes de fortalecimiento e innovación de registros administrativos para su aprovechamiento estadístico.
Formular, en coordinación con los integrantes del SEN, estrategias para la innovación en la producción y difusión de las estadísticas oficiales requeridas en el país.
Realizar el seguimiento y evaluación a la ejecución del Plan Estadístico Nacional y a la implementación de lineamientos, estándares, normas técnicas y buenas prácticas estadísticas.
Ejercer la regulación de la producción estadística a través de la actualización del Código Nacional de Buenas Prácticas para las estadísticas oficiales, el Programa Anual de Evaluación para la Calidad Estadística, la definición de lineamientos, normas y estándares del proceso estadístico y el aprovechamiento de los registros administrativos.
Asesorar a los miembros del SEN en la implementación de la regulación de la producción estadística.
Participar en los espacios interinstitucionales en los cuales se discutan temas estadísticos del nivel nacional.
Definir el sistema informático que almacenará los inventarios con las características y metadatos de las operaciones estadísticas y registros administrativos del país en los términos del parágrafo 4 del artículo 155 de la Ley 1955 de 2019.
Promover conjuntamente con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi la integración de la información estadística y geográfica para el fortalecimiento de las estadísticas.